martes, 19 de marzo de 2013

Mesa de Negociación del día 14 de marzo


El pasado 14 de marzo, se celebró Mesa General de Negociación, a continuación os dejo un breve resumen de las cuestiones más relevantes que allí tratamos.

Abordamos, en primer lugar, la cuestión de las subvenciones médico-sanitarias, estableciéndose que durante 2013 no se producirá ninguna modificación con relación a 2012. Además, se clarificaron los criterios para la concesión de subvenciones en lo que en el convenio figura como “gafas normales” y, también, se aclaró el procedimiento para solicitar subvenciones para hijos/as entre 21 y 25 años. En breve, tal como acordamos en Mesa, desde personal se remitirá un correo a toda la plantilla trasmitiendo lo acordado respecto a estas dos cuestiones.

El siguiente punto del orden del día nos llevó retomar la retribución de los periodos de incapacidad temporal (vamos, los periodos de baja). Actualmente, sabéis que la incapacidad temporal está regulada por acuerdo de Pleno de 27 de septiembre de 2012, pero tenemos espacio para negociar los supuestos de carácter excepcional en los que será posible, desde el primer día de baja, percibir el 100% de la retribución salarial.
Para negociar los supuestos excepcionales, se ha acordado la constitución de una mesa de trabajo que elabore una propuesta a debatir en la próxima Mesa General de Negociación. Pero, no obstante, desde CCOO ya hemos puesto sobre la mesa un documento, como punto de partida, que recoge acuerdos alcanzados en otros ayuntamientos y administraciones públicas sobre esta cuestión.

Dentro de este punto del orden del día, también se planteo para los periodos de incapacidad temporal sin baja el aplicar los mismos criterios que se aplican a empleados/as de la administración central: “cuatro días de ausencias (sin deducción de retribuciones) a lo largo del año natural, de los cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas por enfermedad o accidente”.

En cuanto al tercer punto del orden del día, criterios de autorización de cursos de formación, tras una larga y, en ocasiones, acalorada discusión se acordó que los cursos que se realicen fuera de la jornada laboral no requieran autorización previa. Se podrán presentar, una vez realizados, para obtener, si procede, la oportuna autorización que permita la reducción de cómputo horario a cambio de horas de formación (recordar que, cuando se trate de cursos  solicitados por nosotros el máximo a descontar del cómputo horario es de 40 horas).

Por último, acordamos que los sindicatos presentaríamos una propuesta en la que se reformule qué estudios y cursos pueden computar como horas de formación.
Hasta ahora, los únicos cursos que no se cuestionaban eran los recogidos en los planes de formación, bien de la Diputación o bien de los sindicatos, y que tuvieran relación con el puesto de trabajo o con la administración local. No obstante, respetando el tope máximo de 40 horas en cursos solicitados, todos los sindicatos consideramos que el abanico de formación debe ampliarse incluyendo otras opciones como pueden ser estudios universitarios o cursos de la escuela oficial de idiomas, de colegios profesionales, de la escuela municipal de adultos… Con este planteamiento, nos hemos emplazado a elaborar una propuesta que, en breve, trasladaremos al gobierno municipal con suficiente antelación como para que pueda ser tratada en la próxima reunión de Mesa General de Negociación.

También se trató la posibilidad de llegar a un acuerdo para comunicar con antelación el uso de horas sindicales. Este punto tuvo su origen en un problema puntual y aislado que, en mi opinión, no justifica, en absoluto, lo que yo veo como una restricción a la libertad de acción de los representantes sindicales. Lógicamente, no se llegó a ningún acuerdo respecto a esta cuestión y se pasó a tratar otro punto. Espero, por la conflictividad que puede generar, que no tengamos que volver a discutir sobre este tema.

Como último punto de orden del día, se retomó la cuestión de la flexibilidad horaria.
Tal como recoge la legislación sobre conciliación familiar, se reconoció el derecho a flexibilizar en una hora el horario de permanencia para quienes tengan a su cargo personas mayores, hijos menores de 12 años o personas con discapacidad.
Después de tratar el tema de flexibilidad horaria y conciliación, se nos informó que para los trabajadores/as que estén matriculados en cursos universitarios se autorizaba, sólo por este año, la posibilidad de reducir (manteniendo la jornada de 37 horas y media) el horario de permanencia de salida en media hora, pudiendo, por tanto, finalizar la jornada a las 14 horas. A este respecto, todos los sindicatos propusimos que esta medida no se limite sólo a este año, sino que, para facilitar el acceso a la formación, se aplique siempre a cualquier trabajador/a que esté realizando estudios universitarios.
Para concluir con el último punto, comentar, ya como opinión personal, que las modificaciones establecidas con relación al horario de permanencia son el segundo “parche” que se pone para corregir el error, cometido por el gobierno municipal, al modificar el anterior acuerdo de flexibilidad horaria. Espero que nuevos “parches”, que no descarto, conviertan la actual norma sobre horario de permanencia y “flexibilidad” horaria en excepción y, en base a esto, se recapacite y se anule el Decreto sobre jornada laboral, aprobado el 27 de febrero de 2013, y se vuelva a la situación anterior anterior a su aprobación.

La Mesa de Negociación concluyó con el apartado de ruegos y preguntas, donde se acordó que las actas de la Mesa, por supuesto, una vez firmadas, se colgarán en el tablón de anuncios y se publicarán en la intranet municipal.

Hasta aquí lo que dio de sí la Mesa de Negociación del día 14, como siempre, si antes de próxima reunión se produce alguna novedad os informaré puntualmente.

José Rafael Lluch Pozo
SECCIÓN SINDICAL DE CCOO DEL AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR