Como
toda la plantilla conoce, el 29 de mayo de 2013 se aprobó en Pleno un acuerdo, previamente
alcanzado entre los sindicatos y el equipo de gobierno municipal, por el cual,
en caso de incapacidad laboral temporal, se establecían unos supuestos
excepcionales que, debidamente justificados, permitirían que desde el primer día
de baja laboral se cobrará el 100% de la retribución salarial.
El
28 de junio de 2013, desde Delegación de Gobierno, se remitió un requerimiento
al Ayuntamiento de Alfafar instando a que se anulara el acuerdo de Pleno
relativo a la compensación de supuesto excepcionales de IT en sus apartados b, c,
e, f, g, h, i, j, k, m, n y ñ. El
gobierno municipal, tras escuchar los argumentos de los sindicatos partidarios
de mantener y defender el acuerdo, decidió asumir el planteamiento sindical e
ignorar el requerimiento.
El
3 de octubre de 2013 la Delegación de Gobierno interpuso recurso contencioso-administrativo al acuerdo sobre supuestos excepcionales de IT. Ante este
recurso el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el 22 de
octubre de 2013 suspendió cautelarmente el acuerdo de Pleno en sus apartados b,
c, e, f, g, h, i, j, k, m, n y ñ.
El
29 de octubre de 2013 se nos remitió a todas las secciones sindicales del
Ayuntamiento una notificación, del decreto de Alcaldía de 24/10/2013, informándonos
que el ayuntamiento iba a personarse en el contencioso-administrativo y, a la
vez, recordándonos que, como parte interesada, los sindicatos teníamos un plazo
de 9 días para personarnos también (los servicios jurídicos de CCOO ya está informados y van a personarse).
La
situación actual en la que nos encontramos, de cara a la cobertura complementaria
en supuestos excepcionales de IT, es prácticamente de mínimos. Es la situación que se nos indicó el día 31 mediante
nota de la concejalía de personal y, desgraciadamente, seguirá así hasta que se resuelva el
contencioso-administrativo.
José Rafael Lluch Pozo
SECCIÓN SINDICAL DE CCOO DEL
AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR